
“Sólo con la conciencia de la trascendente dignidad
de cada hombre y mujer la familia humana
está en el camino que lleva a la paz
y a la comunicación con Dios”
Benedicto XVI “Deus caritas est”
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
COLEGIO CORAZÓN DE MARÍA
TÍTULO PRIMERO
DE LOS FUNDAMENTOS
El Colegio Corazón de María (CCM) elabora este manual de convivencia escolar en consecuencia con su objetivo de “cooperar en la formación integral y armónica de la persona” y en concordancia con los principios y valores contenidos en:
a) El Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Colegio, destacando de este los tres pilares de la antropología cristiana:
· La dignidad de la persona.
· La sociabilidad.
· La acción del hombre en el mundo, en la perspectiva de un humanismo integral y solidario.
b) Las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las normas de ordenamiento jurídico nacional.
El presente manual de convivencia escolar rige las relaciones entre el Colegio, los alumnos y los padres y/o apoderados.
Este manual respeta los roles y atribuciones de los actores educativos de la comunidad, acoge las necesidades y percepciones de los actores de la convivencia escolar y favorece su participación y protagonismo para construir una comunidad educativa en la que se vivan los valores de: trabajo, alegría, sencillez, solidaridad y sabiduría interior aportando así a la humanización y evangelización de la cultura.
La actitud de respeto, aceptación y adhesión a estas normas es indispensable para aprender a convivir.
El CCM plantea estas normas que definen las formas de relacionarse adecuadas para una sana convivencia.
Ello implica tener el criterio necesario para distinguir entre un momento de recreación y otro de seriedad, entre un lugar de esparcimiento y otro de trabajo escolar, para poder adecuar el comportamiento personal en cada caso.
Este manual no resuelve por si mismo todos los aspectos o conflictos que se pueden presentar en la Comunidad Educativa CCM, pero si establece normas, procedimientos y canales de comunicación que viabilizarán la resolución de conflictos.
Las relaciones de los miembros de la Comunidad Educativa CCM están basadas en los principios de respeto y autodisciplina, la cual descansa en el conocimiento y manejo del Manual de Convivencia Escolar.
Uno de los elementos básicos del proceso formativo es la adquisición de buenos hábitos y actitudes valóricas positivas, tanto en el comportamiento del alumno, como en el resto de los integrantes de la comunidad educativa e implican respeto a sí mismo, a los demás y al medio ambiente que los rodea.
El desempeño disciplinado, el respeto a las normas de este manual de convivencia escolar y la interacción mutua de todos los integrantes de nuestra comunidad educativa, permitirá a los alumnos y alumnas su desarrollo y formación integral.
“Deben enseñar con el buen ejemplo y
tratar a todos con justa igualdad”
P. Joaquín M.
TÍTULO SEGUNDO
DE LOS(AS) ALUMNOS(AS)
Para su matrícula en el Colegio Corazón de María, el alumno(a) deberá cumplir con los requisitos legales que fija el Ministerio de Educación y los que defina el colegio para cada nivel escolar en función de su Proyecto Educativo Institucional.
La matrícula es el acto por el cual el colegio exige firmar un Contrato de Prestación de Servicios Educacionales con el sostenedor y/o apoderado del alumno(a) que ingresa al colegio; su duración es de un año escolar y renovable de acuerdo a las normas contenidas en sus respectivas cláusulas.
El alumno(a) del Colegio Corazón de María debe profesar la Fe Católica. En caso contrario deberá respetar y participar en todas las instancias de formación y celebración de la Fe.
La sencillez es un rasgo que distingue a los(as) alumnos(as) del CCM y se debe reflejar en su comportamiento y presentación personal.
Una buena presentación personal considera un buen aseo personal y el uso correcto del uniforme del colegio.
El uso del uniforme refuerza el auto cuidado, la identidad y sentido de pertenencia.
Así también cumple una función social y evita una competencia en el vestir impulsada por marcas o tendencias.
Su exigencia de uso está claramente orientada a una buena presentación personal, que el alumno(a) siempre debe cuidar y preservar en todas las actividades del colegio.
Se exigirá el uso de uniforme completo, de acuerdo a las siguientes descripciones:
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Vestuario y Calzado
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Pre-kinder |
Kinder a 5º Básico |
6º Básico a IVº Medio |
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Buzo CCM. |
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Falda con pechera CCM (hasta 4º Básico). |
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Polera manga corta o larga CCM, de color blanca. |
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Pantalón poliéster azul marino (a la cintura). |
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Blazer azul marino c/insignia CCM. |
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Falda uniforme CCM (a la cintura y 5 cm. Sobre rodilla). |
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Chaleco o suéter cuello en “V” CCM (sin capuchón). |
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Polar con insignia CCM. |
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Parka azul marino (sin otros colores). |
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Zapato negro. |
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Zapatilla (blanca o negra). |
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Calcetas azules. |
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Delantal a cuadrillé azul (hasta 4º Básico). |
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Vestuario y Calzado |
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Pre-kinder |
Kinder a 5º Básico |
6º Básico a IVº Medio |
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Vestón azul marino con insignia CCM. |
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Buzo CCM. |
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Camisa blanca manga larga. |
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Polera manga corta o larga CCM, de color blanca. |
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Pantalón poliéster gris (a la cintura). |
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Corbata CCM. |
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Calcetín azul o gris. |
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Chaleco o suéter cuello en “V” CCM (sin capuchón). |
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Polar con insignia CCM. |
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Parka azul marino (sin otros colores). |
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Zapato negro. |
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Zapatilla (blanca o negra). |
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Cotona azul rey (hasta 4º Básico). |
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Vestuario y Calzado |
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Pre-kinder |
Kinder a 5º Básico |
6º Básico a IVº Medio |
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Buzo CCM (pantalón a la cintura) |
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Polera azul marino CCM (cuello polo) |
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Calcetas blancas |
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Pantalón short azul marino CCM |
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Pantalón bermuda azul marino CCM |
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Zapatilla deportiva blanca o negra. |
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· Bufanda azul marino o blanca.
· Mochila color azul, gris o negra (se exceptúa la Enseñanza Pre-Básica).
· Guantes azul marino.
· Gorro azul marino.
· Cuello polar azul marino.
No serán autorizados a ingresar a clase (aula) los alumnos o alumnas que vengan con buzo cuando no corresponda.
La misma medida será aplicada cuando ingresen con vestimentas o accesorios que no corresponden al uniforme.
El alumno(a) podrá concurrir a clases con Buzo del Colegio en los días que por horario estén programadas clases de Educación Física, Talleres Deportivos (JEC) y Actividades Extraprogramáticas. Previamente deberán ser autorizados por Insectoría General.
Será obligación marcar en forma indeleble cada prenda del uniforme, indicando claramente el nombre, apellido y curso del(a) alumno(a).
La presentación personal correcta considera, además del uniforme completo, lo siguiente:
a) El peinado del cabello no debe obedecer a modas (corte y teñido), estando siempre limpio y ordenado.
b) Se permite el uso de aros pequeños en las orejas y anillos sencillos.
c) Los pinches en el pelo pueden ser blancos, azules o negros.
d) No se acepta el maquillaje facial, tintura de cabello con colores no usuales, esmalte de uñas, como tampoco el uso de joyas, collares, aretes, pearcing, tatuajes, mutilaciones, etc...
a) El peinado del cabello no debe obedecer a modas (corte y teñido), estando siempre limpio y ordenado. No se aceptarán melenas, el largo no sobrepasará el cuello de la camisa o polera.
b) Los alumnos de cursos superiores deben presentarse afeitados. No está autorizado el uso de barba, bigote y/o patillas largas.
c) No se acepta el uso de aretes, collares, cadenas gruesas (asociadas a la idea de llavero), pearcing, tatuajes, mutilaciones, etc..
Tanto en la presentación personal, como también en el uso correcto del uniforme no se aceptan distintivos o accesorios ajenos al uniforme.
El polerón de IVº Año de Enseñanza Media es una opción de los alumnos(as) y no una obligación establecida por el CCM.
Su confección y diseño debe atenerse a los siguientes indicadores:
a) Colores propios del uniforme (tonalidad de colores azul, blanca y/o gris).
b) No debe contener símbolos, nombres, palabras, etc., que atenten contra la moral y espiritualidad CCM.
El Colegio desarrolla en los alumnos(as) el hábito de la asistencia y la puntualidad, cultivando en ellos el sentido de la responsabilidad y la corresponsabilidad.
La asistencia mínima para ser promovido(a) es de un 85%, porcentaje que está señalado en las normas de Promoción Escolar vigentes.
Los alumnos(as) deben asistir diaria y puntualmente a clases, como también a todas las actividades obligatorias programadas.
Las inasistencias a clases deben ser justificadas por una de las siguientes modalidades:
a) Personalmente por el Padre o Apoderado en Insectoría General.
b) Por presentación de Certificado Médico en Insectoría General o Profesor Jefe.
c) Por comunicación del Padre o Apoderado en la Agenda Escolar CCM, dirigida al Profesor Jefe o Insectoría General.
Para que el Certificado Médico tenga validez y sea considerado en el cálculo de la asistencia mínima, debe ser presentado en un plazo no superior a dos días, contados desde el retorno a clases por parte del alumno(a).
Pasado este plazo será recibido, pero no tendrá validez para el procedimiento de cálculo antes mencionado.
La puntualidad es un hábito que adquiere gran importancia como logro educativo integral.
La impuntualidad perjudica al alumno(a) y a sus compañeros(as), puesto que interfiere el clima de aprendizaje en el aula.
La hora de entrada al colegio es a las 08:00 hrs. y el alumno(a) debe llegar cinco minutos antes del timbre de entrada
Toda llegada del alumno(a) después de las 08:00 horas será considerada como un atraso.
Los alumnos(as) deben esperar al profesor dentro de la sala de clases en forma ordenada y no en los pasillos o patios del colegio.
El alumno(a) que llega atrasado permanecerá hasta las 08:45 hrs. en Inspectoría General (1ª hora de clases).
El alumno que llegue después de las 08:45 hrs. debe presentarse con el padre o apoderado, de lo contrario deberá permanecer en la Biblioteca o Taller del colegio por el resto de la jornada de clases.
Cualquier medio usado por el alumno(a) para eludir el control del atraso, se considerará falta grave y se adoptarán las medidas disciplinarias que correspondan.
Iniciada la clase, el alumno(a) no puede ingresar sin autorización de Insectoría General, escrita en la agenda escolar.
El alumno(a) que cumpla tres atrasos, deberá permanecer en el establecimiento después del horario de clases en el día señalado por la Insectoría General, realizando trabajo escolar durante una hora pedagógica de clases (45 minutos).
Si la falta fuera reiterativa (nueve atrasos), deberá presentarse al día siguiente a Insectoría General con su Padre o Apoderado, instancia en la que se comunicará la sanción que corresponde (suspensión de clases por un día).
El retiro de clases puede ser parcial o total de la jornada de clases y es una situación de excepción que puede invocarse solamente por el apoderado concurriendo personalmente al colegio para retirar a su alumno(a). Se realizará en los cambios de hora y/o recreo.
Inspectoría General controla esta instancia y exige que al momento de retirar el alumno(a), se debe dejar constancia en un Libro de Registro de Salidas que existe para tal efecto.
Inspectoría General no autorizará retiros para salidas anticipadas a través de la Agenda Escolar y/o mediante llamada telefónica.
El retiro de clases perjudica al alumno(a) y a sus compañeros(as), puesto que interfiere en el ritmo de la clase y en su aprendizaje.
Cada alumno(a) debe hacerse responsable del cuidado del aseo y orden de la sala de clase, baños, pasillos, talleres, gimnasio, camarines, comedores y, en general, de todos los ambientes que el Colegio dispone para el buen desarrollo del proceso educativo.
El alumno(a) se responsabilizará de todos los recursos y bienes que la Comunidad Educativa coloca a su disposición.
Si un alumno(a) causa algún daño material a las dependencias y/o bienes del Establecimiento debe responsabilizarse de él y su Apoderado quedará obligado a su reparación o reposición.
Lo anterior, independiente de las medidas disciplinarias que se consideren con el alumno involucrado.
Cualquier destrozo de recursos o bienes debe ser repuesto de acuerdo al valor del mismo, el que será determinado por la Administración del Colegio.
El alumno(a) no debe traer objetos de valor ajenos a la tarea educativa, tales como joyas, reproductores de audio-video, cámaras fotográficas, filmadoras, entre otros.
El alumno no debe portar y/o usar teléfono celular durante la jornada escolar, ya sea dentro del Colegio como también en las salidas a terreno.
En caso de hacerlo éste será retenido por Inspectoría General y deberá ser retirado personalmente por el Apoderado.
El Colegio y el curso no se harán responsables por la pérdida, daño, hurtos o robos de dinero, útiles personales u objetos de valor que se produzcan en dependencias del colegio.
En el caso de que efectivamente se produzcan estos hechos y el valor del bien supere las 2 UTM, el Colegio de conformidad con la normativa vigente realizará la denuncia respectiva ante la Fiscalía correspondiente.
En caso de enfermedad el alumno(a) será atendido en la enfermería del colegio de acuerdo a los procedimientos establecidos.
Si es necesario se avisará al apoderado para el retiro del alumno(a).
En caso de accidente se avisará inmediatamente al padre o apoderado. Asimismo y dependiendo de su gravedad el alumno (a) será derivado al servicio asistencial que corresponda (Seguro de Accidente Escolar, estatal o privado), acompañado por la enfermera o por otro funcionario designado.
La agenda escolar es un documento oficial, es el medio de comunicación entre el colegio y el apoderado, siendo de uso obligatorio y permanente por parte del alumno(a).
La agenda debe estar debidamente identificada, con foto del alumno(a), conservándose ordenada, limpia y bien presentada.
En caso de pérdida se debe notificar a Inspectoría General para su reposición, con cargo al alumno(a).
La revisión de la agenda escolar por parte del padre y/o apoderado debe ser a diario, así como también las comunicaciones deben ser firmadas en señal de conocimiento.
Toda adulteración, uso mal intencionado o expresiones groseras en la agenda, la inhabilita, debiendo ser reemplazada por otra nueva.
Además, el alumno(a) deberá asumir las sanciones que se aplicarán de acuerdo con la gravedad de los hechos.
Son derechos de los alumnos(as) los que a continuación se mencionan:
a) Recibir una educación de calidad, orientada a su pleno desarrollo como persona y de acuerdo a los postulados del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
b) Ser respetado en su integridad y dignidad personal.
c) Recibir un trato digno, deferente y equitativo (acceso a todos los beneficios y oportunidades que el Colegio ofrece).
d) Permanecer en el colegio durante el año escolar, cualquiera sea su situación socioeconómica y su rendimiento escolar.
e) Conocer la reglamentación del colegio en los aspectos curriculares, pastorales y de convivencia escolar.
f) Recreo (descanso) el cual debe ser respetado en su tiempo y calidad.
g) Ser escuchado en sus opiniones y valorado en sus aptitudes, capacidades e intereses.
h) Presentar sus observaciones frente a trato o evaluación que considere inadecuadas, ante las diversas instancias del colegio, siguiendo el conducto regular: Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Inspectoría General y Dirección.
i) Ser informado respecto a sus responsabilidades y obligaciones.
j) Conocer la sanción escrita y apelar para la revisión de su caso, solicitando la rectificación si ésta no corresponde.
k) Tener asistencia médica en accidentes escolares, a través del Seguro Escolar contemplado en el artículo 3º de la Ley Nº 16.744.
l) Reserva de aquella información relativa a sus situaciones personales y familiares.
m) Obtener la Beca de Escolaridad Socioeconómica, previa postulación siguiendo los procedimientos y plazos establecidos por el Colegio.
n) Recibir en forma oportuna la información acerca de los procesos evaluativos.
o) Participar en la Comunidad Educativa del Colegio a través del Centro de Alumnos.
p) Participar en las actividades pastorales, deportivas, artísticas y culturales.
Se consideran deberes de los alumnos(as) los que a continuación se mencionan:
a) Conocer, respetar y valorar el Proyecto Educativo Institucional.
b) Respetar y cumplir las normas de convivencia escolar establecidas en este manual.
c) Acoger y vivenciar los valores que deben distinguir a un alumno CCM: trabajo, sencillez, alegría, solidaridad y sabiduría interior.
d) Asistir a todas las clases y/o actividades académicas programadas.
e) Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa, sin excepción.
f) Respetar el uso que se asigna a cada espacio o dependencia, tales como comedores, gimnasio, salas, biblioteca, enfermería, laboratorios, capilla, canchas, baños, y oficinas.
g) Demostrar interés por el trabajo escolar y esforzarse por lograr niveles de rendimiento de acuerdo a sus capacidades.
h) Rendir las pruebas y entregar los trabajos según calendario programado.
i) Participar en actividades propias de pastoral, actos religiosos, cívicos, culturales, deportivos y artísticos que organice el Colegio.
j) Representar al Colegio en actividades religiosas, culturales, artísticas, deportivas, sociales y científicas, cuando éste lo solicite.
k) Asumir con responsabilidad su participación en actividades extraprogramáticas.
l) Asistir al Colegio con el uniforme establecido.
m) Utilizar el uniforme de gimnasia sólo en las clases de Educación Física, Talleres JEC y actividades extraprogramáticas deportivas.
n) Presentarse al Colegio sin los efectos de ningún tipo de narcótico, alcohol o estupefaciente.
o) Mientras vista su uniforme debe respetar su identidad de alumno CCM, manteniendo en todo momento una actitud disciplinada.
p) Asistir al Colegio todos los días con su agenda escolar.
q) Permanecer en el patio u otro lugar distinto al de la sala de clases durante el tiempo de recreo.
r) Mantener orden y limpieza en salas, gimnasios y patios del colegio.
s) Velar por el cuidado de las instalaciones, mobiliario y material didáctico que el colegio pone a su disposición.
t) No fumar, ni ingerir bebidas alcohólicas, ni similares, dentro o fuera del Colegio vistiendo el uniforme.
u) No manifestar actitudes de pololeo dentro del colegio.
v) Devolver en los plazos estipulados los préstamos de biblioteca, de pastoral y/o implementos deportivos que han recibido prestados y son propiedad del Colegio.
La salida a terreno forma parte de una actividad curricular (visita pedagógica), por lo tanto, la asistencia a ella es obligatoria para el alumno(a).
Es obligación para las salidas a terreno que el alumno(a) cuente con la autorización por escrito del padre y/o apoderado, la que debe ser visada por la Inspectoría General.
El alumno(a) debe participar en las visitas pedagógicas de acuerdo a las siguientes normas:
a) Presentación personal según lo informe el profesor a cargo de la salida; pudiendo ser buzo, uniforme CCM o ropa de calle.
b) Puntualidad con los horarios establecidos.
c) Mantener hábitos de buena convivencia, conducta e higiene
d) Cumplir con todas las actividades propuestas.
Los medios de transporte que se utilicen para el traslado de los alumnos(as) deben ser los que proporcione o autorice la Administración del Colegio.
Las observaciones y el acompañamiento supone la consideración previa del Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento de Evaluación.
Toda observación debe quedar consignada en la Hoja de Vida del alumno(a). Las observaciones podrán ser registradas por Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Inspector de Ciclo, Inspector General, Orientador y Dirección.
Frente a reiteradas observaciones negativas, considerando su contenido más que su número, se procederá al siguiente acompañamiento:
a) Entrevista Profesor Jefe – Alumno(a).
b) Entrevista Profesor Jefe – Apoderado.
c) Amonestación.
d) Condicionalidad de Matrícula.
El profesor Jefe se reserva la instancia de derivar el caso a Orientación y/o Inspectoría General.
Dada la gravedad de la falta, la Dirección del Colegio se reserva el derecho de considerar todos los pasos establecidos en el artículo precedente y tomar la medida que considere necesaria.
El proceso de acompañamiento del alumno(a) es una tarea específica del rol del Profesor Jefe que compromete a diferentes agentes educativos al interior del Colegio y de la familia del alumno(a).
Estas medidas se aplican por el bien y desarrollo integral de los alumnos(as) y por el bien común del curso y la comunidad escolar, pretendiéndose un cambio positivo en ello(as).
La situación de los alumnos(as) en proceso de acompañamiento se revisará a mediados de cada semestre.
Las dificultades que presenta el alumno(a) pueden estar referidas a disciplina, rendimiento, motivación, desinterés pastoral u otra que interfiera en el desarrollo del proceso de formación al interior del CCM.
En el proceso de acompañamiento, corresponderá al Profesor Jefe:
a) Recopilar antecedentes.
b) Entrevistar al alumno(a) y apoderado registrando cada vez la entrevista correspondiente.
c) Consignar tareas y acuerdos de acompañamiento entre alumno(a)-apoderado y profesor, debidamente firmados estableciendo plazos para su cumplimiento.
d) Evaluar semestralmente con Equipo de Apoyo Educativo (Inspector General, Directivo Docente UTP y Orientador).
e) Informar de la situación a profesores y apoderado.
f) Supervisar los acuerdos.
La amonestación verbal es una medida preventiva educativo evangelizadora, rectificativa, que pretende que el alumno(a) tome conciencia de su comportamiento y pueda mejorar su conducta, manifestando una clara disposición al cambio con un compromiso y apoyo incondicional de la familia.
El registro en la Hoja de Vida y la amonestación escrita en el Libro de Disciplina debe, a lo menos, comprender los siguientes aspectos: descripción objetiva del hecho que amerita la anotación, la acción pedagógica previa realizada por el educador y la actitud del alumno(a).
La citación al apoderado es una medida motivada por reiteradas amonestaciones, por hechos que signifiquen faltas graves reincidentes o por situación académica deficiente o apenas suficiente. El apoderado toma conocimiento de la falta firmando la Hoja de Vida del alumno(a).
La suspensión de clases, sanción muy grave, sólo podrá ser aplicada en casos calificados, por Dirección o Inspectoría General, previa advertencia al alumno(a) e información al apoderado.
Esta medida disciplinaria implica que el alumno(a) no podrá participar de ninguna actividad curricular o extra-curricular, durante el tiempo que dure esta sanción.
La condicionalidad es una medida preventiva educativo evangelizadora, que se aplica cuando el alumno(a) incurre en faltas disciplinarias graves que lo hacen alejarse del perfil del alumno(a) CCM que corresponde a su nivel.
Esta medida supone un compromiso manifiesto por parte de la familia y la notoria disposición por parte del alumno(a) en la superación de sus actitudes y comportamiento.
Esta medida dura un año y es la última instancia de recuperación que se le ofrece al alumno(a); de lo contrario, no se le renovará la matrícula en el colegio.
Tanto la amonestación como la condicionalidad, se materializan con un compromiso escrito de superación por parte del alumno(a) y del apoderado.
La amonestación será firmada con el Profesor Jefe o Inspector General y las condicionalidad con la Dirección o a quién ella delegue.
El alumno(a) de 4º año de Enseñanza Media que quede condicional, verá comprometida su permanencia y/o su participación en los actos de finalización del año. Asimismo esta situación le impide optar a premios.
La no renovación de matrícula es una medida que se aplica extraordinariamente en casos debidamente calificados por el Consejo de Profesores, Equipo de Profesionales y refrendada por la Dirección del Colegio.
El proceso de aplicación de las sanciones debe tomar como base el acompañamiento de orientación al alumno(a) en el proceso de la formación de una conciencia libre y recta, capaz de asumir con responsabilidad, junto a otros, su crecimiento personal y optar siempre por el bien.
Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.
Las faltas se clasificarán en Leves, Graves y Muy Graves y, cada una de ellas, tendrá una sanción que corresponderá a la indicada por el presente Manual.
Las faltas de acuerdo a su gravedad serán sancionadas en el siguiente orden creciente:
a) Amonestación verbal.
b) Registro en la Hoja de Vida del libro de clases.
c) Citación al padre o apoderado.
d) Amonestación escrita en el Libro de Disciplina.
e) Suspensión de clases.
f) Condicionalidad de la matrícula.
g) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar y,
h) Expulsión inmediata del colegio en cualquier época del año calendario.
Con todo, la autoridad puede aplicar más de una sanción a la vez, no necesariamente en la secuencia señalada.
Ante un acto de indisciplina de carácter muy grave de un alumno(a) que atente en contra de la integridad física, moral y psicológica de algún miembro de la comunidad educativa, la Dirección del Colegio en consulta con el Consejo de Profesores, podrá usar como máxima medida disciplinaria su expulsión, en cualquier época del año calendario.
Está prohibido para el alumno(a) el traer teléfono celular al colegio, de esta manera su porte y uso es considerada una falta grave. Su reiteración por segunda vez se sancionará a lo menos con la suspensión de clases.
Serán consideradas como Faltas Leves:
a) Uso de un vocabulario soez.
b) Presentación personal incorrecta y no uso de su uniforme respectivo.
c) Presentarse sin los materiales y útiles solicitados.
d) No presentar los trabajos en la fecha dada.
e) Ingerir alimentos durante la clase o masticar chicle.
f) No acatar las instrucciones del profesor durante la clase.
g) Entorpecer el normal desarrollo de las clases.
h) Llegar atrasado a la clase al inicio de la jornada, en los cambios de hora o después de los recreos.
i) Utilizar la sala de clases para realizar colación, dormir o como zona de recreo.
j) No presentar justificativo por inasistencia al colegio.
k) Ensuciar las salas de clase y los diferentes espacios comunitarios del colegio.
l) Usar indebidamente (no acorde para lo que fueron asignados) las dependencias o espacios del colegio.
m) Higiene y presentación personal descuidada.
Dentro de las sanciones establecidas para las faltas leves, el Profesor de Asignatura, Profesor Jefe o Inspector, podrá aplicar las siguientes sanciones al alumno(a):
a) Amonestación verbal.
b) Amonestación escrita en el libro de clases.
c) Citación al padre o apoderado.
Serán consideradas Faltas Graves:
a) La reiteración por tercera vez de una falta leve.
b) Mal uso de la agenda escolar.
c) Permanecer fuera de la sala en horas de clase.
d) Falta de respeto a la persona dentro y fuera de la sala de clases.
e) No rendir una prueba estando en el establecimiento.
f) Hacer comercio en el establecimiento, campañas no autorizadas, o juegos de azar con apuestas.
g) Eludir los controles establecidos cuando llega atrasado a clases.
h) Descontextualizar expresiones afectivas de pololeo al interior del establecimiento educativo.
i) Ejercer cualquier proselitismo al interior del colegio o cualquier actividad política partidista.
j) Mal comportamiento en salidas a terreno.
k) No cumplir con las normas señaladas en el manual de biblioteca, que dicen relación con el cuidado del libro y cumplimiento del plazo establecido para la devolución.
l) Uso durante el desarrollo de la clase de reproductores de audio-video, juegos y cualquier otro medio electrónico.
Dentro de las sanciones establecidas para las faltas graves, el Profesor Jefe o Inspector General, podrá aplicar las siguientes sanciones al alumno(a):
a) Registro en la Hoja de Vida del libro de clases (también el profesor de asignatura.
b) Citación al padre o apoderado.
c) Amonestación escrita en el libro de disciplina.
d) Suspensión de clases.
e) Condicionalidad de la matrícula.
f) Cancelación de la matrícula al término del año escolar.
Serán consideradas Faltas Muy Graves:
a) La reiteración por segunda vez de una falta grave.
b) Dañar el mobiliario, dependencias e infraestructura del colegio.
c) Adulterar, dañar o ridiculizar los símbolos católicos e institucionales.
d) Alterar o sustraer el libro de clases e instrumentos de evaluación.
e) Actos de acoso, matonaje (bullying), lista negra, es decir la violencia en todas sus manifestaciones que atentan contra la integridad de las personas de la comunidad educativa, ya sea en daño directo o a través de medios electrónicos, digitales y cibernéticos.
f) No respetar la cultura de nuestro país, sus símbolos patrios y los actos culturales.
g) Abandonar el establecimiento sin autorización de las autoridades educativas durante la jornada escolar.
h) Ingresar, consumir o traficar tabaco, drogas y/o alcohol.
i) Comportamientos groseros contra algún miembro de la comunidad educativa y desacatos a la autoridad.
j) Portar instrumento corto punzante y/o arma blanca.
k) Portar cadenas y/u hondas.
l) Tener un comportamiento irrespetuoso o agresivo en actos religiosos.
m) Ausencias a clases sin conocimiento o autorización del padre y/o apoderado.
n) Introducir textos, revistas u otro material audiovisual que vaya en contra de la moral y de las buenas costumbres, ejemplo: bajar material pornográfico de Internet dentro del colegio.
o) Comportamientos irrespetuosos, groseros o inadecuados con vecinos de residencias colindantes con el Colegio.
p) Cometer hurto y/o falta de honradez.
q) Porte y/o uso de armas de fuego y explosivos.
r) Falsificar la firma del apoderado o de cualquier miembro de la comunidad educativa del colegio.
s) Participar directa o indirectamente en la ocupación ilegal (toma) del colegio.
t) Portar y usar el teléfono celular en el Colegio.
u) Entorpecer las acciones destinadas al esclarecimiento de hechos de indisciplina, en el marco de una investigación que lleve a cabo la Dirección del Colegio.
Dentro de las sanciones establecidas para las faltas muy graves, la Inspectoría General y Dirección, podrá aplicar las siguientes acciones:
a) Suspensión de clases.
b) Condicionalidad de la matrícula.
c) Cancelación de la matrícula al término del año escolar y
d) Expulsión inmediata en cualquier época del año calendario.
El Colegio reconoce el derecho de apelación que tiene el alumno(a), ante medida disciplinaria que se haya aplicado en su contra y que considere injusta o desproporcionada.
La apelación debe ser por escrito, aportando todos los antecedentes y medios de prueba que ayuden a un mejor resolver, en cuanto que aminoren o eximan de responsabilidad.
Es presentada por el alumno(a) y/o apoderado en un plazo máximo de tres días hábiles desde la notificación de la sanción.
Dependiendo de la gravedad de la falta, es la autoridad a quién se presenta la apelación. Esto comprende que:
a) Grave; a la Inspectoría General.
b) Muy Grave; a la Dirección.
Tanto la Inspectoría General como la Dirección tienen un plazo para responder no mayor de ocho días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de recepción de la carta apelación presentada por el apoderado del alumno(a).
La respuesta al apoderado del alumno(a) será por escrito, personalmente y bajo firma de recepción. De no ser así, mediante carta certificada (correo).
Si el apoderado muestra disconformidad por la respuesta de la Inspectoría General, podrá apelar a la Dirección.
En esta nueva apelación rige la misma formalidad y plazos antes señalados.
Las autoridades señaladas anteriormente y en forma indistinta, examinarán los antecedentes del caso, la hoja de vida del alumno(a) y/o antecedentes familiares.
Para mejor resolver podrán consultar al Profesor Jefe, Orientador, Consejo de Profesores, Jefe de Ciclo o profesional del colegio que se estime necesario.
El plazo anterior no corre si ante la gravedad de la falta es necesario iniciar una investigación. En este caso el plazo de respuesta será de treinta días corridos.
Se dejará una anotación en la hoja de vida del alumno(a) de esta situación para mayor claridad de todos y como parte del seguimiento del caso.
TÍTULO TERCERO
COMITÉ DE CRISIS
Establece protocolos de actuación frente a situación de crisis no mencionadas anteriormente en este Manual y que afecten negativamente la sana convivencia escolar, como por ejemplo bullying generalizado.
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es respetar y valorar la dignidad de las personas.
Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.
Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y solicitar que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos.
A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
EL Comité de Crisis está integrado por un representante de cada uno de los siguientes estamentos:
a) Dirección.
b) Inspectoría General.
c) Comité de Seguridad Escolar.
d) Orientación.
e) Pastoral.
f) Profesores.
g) Centro de Alumnos.
h) Centro de Padres y Apoderados.
El Comité será convocado por la Dirección del Colegio y cuando sea ante situaciones de maltrato, conflictos, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar, no contempladas en los demás títulos del presente manual.
El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
a) Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.
b) Conocer los informes e investigaciones presentadas por la Inspectoría General.
c) Requerir a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
d) Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, sostenida en el tiempo en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
a) Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.
b) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o
c) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
a) Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
c) Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
d) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).
e) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
f) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
g) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.
h) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.
i) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
j) Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.
Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.
Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno(a), en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.
Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causad.
c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
i. La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.
ii. El carácter vejatorio o humillante del maltrato.
iii. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.
iv. Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.
v. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento.
vi. La conducta anterior del responsable.
vii. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra.
viii. La discapacidad o indefensión del afectado.
El Colegio denunciará cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones, Fiscalías del Ministerio Público o tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma escrita ante la Dirección del Colegio, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en el Acta de reuniones del Comité de Crisis.
No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.
Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderado. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.
El comité designará de acuerdo a la naturaleza del hecho, a uno de sus integrantes como encargado de llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.
Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de Crisis, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes.
Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
El Comité deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes involucradas.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento.
Tales medidas podrán consistir, por ejemplo en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo de dos días hábiles.
El Colegio podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
El Colegio deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.
Para una mejor resolución y acompañamiento, si se estima necesario el Comité recurrirá a instancias de asesoría legal, médica y/o psicológica.
TÍTULO CUARTO
DE LOS PADRES Y APODERADOS
“Familia y Colegio educamos la inteligencia, el corazón
y la conciencia de los jóvenes para que sean
baluarte de la familia y la sociedad”
Todo alumno(a) debe tener un Apoderado pudiendo desempeñar tal cargo su padre, madre, tutor legal acreditado debidamente o persona designada por este (por escrito y bajo firma).
El Apoderado representa al alumno(a) ante la Dirección del Colegio, es responsable y quien vela por el comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo(a) de acuerdo al Proyecto Educativo del Colegio y Manual de Convivencia a los que debe adherir en todos sus aspectos.
La Dirección del Colegio podrá exigir cambio de Apoderado cuando dicha persona no ejerza su función de acuerdo a los Deberes que más adelante se mencionan.
Los Padres y Apoderados de este Colegio Católico deben asumir responsablemente su rol en la formación cristiana e integral de sus hijos(as) y/o pupilos(as) mediante un coherente testimonio de vida ya que ellos son los primeros formadores de sus hijos(as).
Por situaciones derivadas de la convivencia escolar de su pupilo(a), los padres o apoderados deben utilizar los siguientes canales de comunicación formales establecidos por el colegio:
a) Para comunicación escrita únicamente la Agenda Escolar.
b) Para comunicación presencial la Entrevista Personal.
Las instancias orgánicas para las comunicaciones señaladas en el artículo precedente son:
a) Dirección.
b) Inspectoría General.
c) Profesor Jefe.
d) Profesor de Asignatura.
De igual forma la instancia para situaciones administrativas es con el Administrador del Colegio.
El colegio no considera como medio de comunicación válido y responsable; correos anónimos, sitios y/o plataformas de redes sociales electrónicas, correos electrónicos con IP (desconocido o anónimo), por lo que el uso de estos es considerado una falta a los deberes del padre o apoderado y por consiguiente pone en riesgo la matrícula de su pupilo para el año siguiente.
Los padres y apoderados poseen los siguientes derechos en la Comunidad Educativa.
a) Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), Manual de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación.
b) Participar en la Comunidad Educativa del Colegio a través del Centro de Padres y Apoderados.
c) Integrar el Centro General de Padres y Apoderados previa elección en su respectivo curso.
d) Solicitar audiencia con la Dirección, Administrador, Inspectora General, Orientador, Profesor Jefe o Profesor de Asignatura, cuando el caso lo requiera.
e) Participar en actividades culturales y recreativas que ayuden a la integración de la Comunidad CCM., acorde a las propuestas del Centro General de Padres y Apoderados.
f) Recibir en forma periódica información acerca del rendimiento y la conducta de su pupilo(a).
g) Participar en el proceso educativo de su alumno(a), asistiendo a las reuniones de Apoderados y charlas de formación planificadas por el colegio.
h) Realizar Reuniones previas de Directiva de Curso en presencia del Profesor Jefe y con la debida autorización de la Dirección.
i) Solicitar retiros temporales de su pupilo(a) por intercambio escolar y situaciones familiares, previa autorización de Inspectoría General.
j) Participar en el Consejo Escolar de acuerdo a la normativa de Mineduc.
k) Postular a Beca de Escolaridad Socioeconómica para su pupilo(a) según requisitos y normativa vigente.
l) Respeto a la confidencialidad de la información.
m) Derecho a recibir, como medida de publicidad, una copia del presente Reglamento al momento de materializar la matrícula de su pupilo(a) y cada vez que se introduzcan modificaciones.
Los padres y apoderados junto a sus derechos también tienen los siguientes deberes que cumplir:
a) Revisar diariamente la Agenda Escolar y firmar las comunicaciones.
b) Si es el caso por indisciplina de su pupilo(a), tomar conocimiento y firmar la amonestación escrita estampada en el Libro de Disciplina.
c) Velar por que su pupilo(a) cumpla diariamente con su obligación de asistencia a clases.
d) Velar por que su alumno(a) acuda al colegio con los útiles o materiales solicitados.
e) No traer materiales, comida, dinero o vestimenta a su pupilo(a) durante la jornada escolar, bajo ninguna justificación.
f) Conocer y acatar el Proyecto Educativo Institucional, el Manual de Convivencia Escolar y el Reglamento de Evaluación del Colegio Corazón de María.
g) Participar en el proceso de desarrollo afectivo, cognitivo y motriz de su pupilo(a), interesándose para que éste cumpla sus deberes y ejerza sus derechos como alumno.
h) Justificar las inasistencias de su pupilo(a).
i) Asistir obligatoriamente a las reuniones de curso, charlas y encuentros, en un porcentaje no menor al 90% salvo casos debidamente justificados.
j) Las inasistencias reiterativas a las actividades señaladas en la letra precedente, en un porcentaje del 70% ameritará solicitar el cambio de Apoderado.
k) Justificar personalmente su inasistencia a reuniones, charlas, citaciones y encuentros al día siguiente de ocurridas, ante Inspectoría General o Profesor Jefe.
l) Informarse de lo tratado en las reuniones a las cuales no ha asistido y acatar los acuerdos.
m) Brindar un trato deferente y respetuoso a todo el personal del colegio.
n) Los Apoderados deben conocer sus responsabilidades y obligaciones estipuladas en el presente documento.
o) Cumplir con lo estipulado en el contrato de “Prestación de Servicios Educacionales” firmado en el momento de la matrícula.
p) Respetar y acatar las decisiones del Centro General de Padres y Apoderados y Directivas del curso correspondiente.
q) Informar oportunamente cualquier situación personal o familiar que afecte directamente al alumno(a).
r) En caso de postular a Beca de Escolaridad Socioeconómica por su pupilo(a), debe proporcionar información y documentación fidedigna.
s) En el caso que el alumno(a) deba consumir o ingerir compuestos activos el apoderado debe presentar la orden médica que indique el tipo de medicamento y la posología al profesor jefe.
t) Responder a los requerimientos que el colegio le solicite en cuanto a que su hijo sea atendido por un especialista de la salud (psíquica y física).
u) Aceptar que no se le permitirá el acceso a las salas de clase, patios, gimnasio, talleres y laboratorios durante la jornada escolar.
v) Respetar las directrices propuestas por Inspectoría General y/o Portería.
w) Expresarse por los canales de comunicación establecidos por el colegio.
x) Respetar dentro y fuera del colegio al personal del establecimiento.
y) Acatar que por dictamen judicial el Colegio puede negar visita o retiro de un alumno/a por parte de sus padres.
Ante el incumplimiento de los deberes como Apoderado, se le invitará a reflexionar y cambiar su actitud; en el caso de no aceptación, de reiteración y atendiendo a la gravedad del caso se llevará a la Dirección del Colegio, pudiendo solicitarse el cambio de apoderado o la cancelación de la matrícula de su pupilo(a) si fuese necesario.
Asimismo, no podrá ejercer ningún cargo de representación directiva en el ámbito del Centro de Padres y Apoderados.
TÍTULO QUINTO
ALUMNAS EMBARAZADAS
Para la alumna en situación de embarazo y maternidad durante el año escolar el Colegio se regirá por el inciso 3º del artículo 2º de la Ley 18.962 y por su respectivo reglamento.
La alumna embarazada estará sometida a las mismas exigencias académicas que el resto de sus compañeros, sin perjuicio de otorgar facilidades para cumplir con esta.
Las facilidades otorgadas serán evaluadas por el colegio en coherencia con el esfuerzo, responsabilidad y superación personal demostrada de acuerdo a los roles que les toca asumir como estudiante, madre, mujer e hija.
Dependiendo del estado de salud de la alumna, la clase de educación física se ajustara a sus necesidades.
De presentar problemas para realizar ejercicios, se le podrá eximir de la asignatura previa documentación del médico tratante o se aplicara adecuación curricular.
Durante la lactancia, la alumna, tienen derecho a dar alimentación a su hijo o hija, deberá acordar con Inspectoría General los horarios para salir del establecimiento, para lo cual su apoderado deberá firmar la autorización por el período que dure la lactancia.
Si así lo quisiera podrá recibir a su hijo/a en el propio establecimiento para amamantarlo o alimentarlo, disponiendo para ello de la enfermería del Colegio y estableciendo acuerdos de horario entre el adulto responsable de trasladar el lactante a la alumna.
La alumna quedará sin la obligatoriedad de usar uniforme cuando en parte de su período de gestación se estime prudente y necesario.
Deberá presentarse con un vestuario adecuado para asistir a clases.
La alumna tiene el deber de informar por medio de su apoderado su condición de embarazo al Colegio (Profesor o profesora jefe, Dirección) presentando certificado médico, no más allá del tercer mes de gestación.
La alumna no podrá asistir a clases con su hijo/a, ya que el colegio no cuenta con las condiciones para atender al lactante.
Toda salida del establecimiento por parte de la alumna deberá ser registrada en Inspectoría, así como también su regreso a éste.
Si la alumna no respetara los permisos ofrecidos para su atención médica y no regresara a sus clases una vez terminados sus exámenes médicos, se le considerará la inasistencia a clases.
De igual forma si la alumna no regresara de su permiso maternal en la fecha estipulada por el médico tratante o no se presentara a clases después de su salida a amamantar.
TÍTULO SEXTO
RECONOCIMIENTOS Y PREMIOS
“Guárdense unos con otros todas
las atenciones y delicadezas”
P. Joaquín M.
El colegio reconocerá a los alumnos(as) que se hayan destacado por:
a) Muy buena asistencia y puntualidad.
b) Manifestar especial adhesión al Proyecto Educativo del Colegio, demostrándolo en la vivencia de los valores cordimarianos, en su participación constante en todas las actividades pastorales y del Centro de Alumnos(as).
c) Obtener un rendimiento escolar destacado dentro de su curso (La Dirección y el Consejo de Profesores entregará los lugares por rendimiento y el cálculo considerará la aproximación).
d) Ser elegido por sus pares como Mejor Compañero(a).
Al finalizar su etapa escolar el Colegio premiará a las alumnas/os por:
a) Cursar los 14 años en el Colegio Corazón de María.
b) Al esfuerzo y espíritu de superación.
c) Obtener el mejor puntaje de su promoción dentro de su curso. (Premio otorgado por el Centro General de Padres y Apoderados).
d) Destacarse por su compromiso cristiano y vivencia de los valores cordimarianos en Pastoral y/o Centro de Alumnos.
e) Premio “PADRE JOAQUÍN M.”, al finalizar la Educación Media.
f) Premio “CORAZON DE ORO”, al finalizar la Educación Media.
g) Premio “MADRE TERESA GUVERN”, al finalizar la Educación Básica, si amerita.
TÍTULO SÉPTIMO
DISPOSICIONES FINALES
El Colegio no autoriza la realización de las giras de estudio, si ellas se realizaran son de exclusiva responsabilidad de los Padres y Apoderados.
Cuando las circunstancias lo ameriten, este reglamento podrá ser considerado como instancia de consulta en el Consejo Escolar.
Como medida de publicidad de este Manual, una copia será entregada anualmente a los Padres y Apoderados al momento de materializar la matrícula de su pupilo(a) y cada vez que se introduzcan modificaciones.
Debe ser conocido por toda la Comunidad Educativa y el Colegio procurará instancias de diálogo sobre el sentido de sus normas.
Por este mismo objetivo, se considera publicación en la página web del colegio y entrega de un extracto al alumno(a) con aquellos contenidos que más interesan al colegio reforzar.
El presente Manual de Convivencia Escolar rige a contar del año escolar 2011 y deja sin efecto la reglamentación anterior sobre la materia.
Será revisado anualmente desde su contenido y aplicación, siendo modificado si se estima necesario.
“Háblenlo entre ustedes
para el mejor acierto”