INTRODUCCION

Nuestro Colegio Corazón de María consecuente con el objetivo de “cooperar en la formación integral y armónica de la persona” elabora este manual de convivencia enmarcado en:

Los planteamientos legales vigentes en el país. Nuestro Proyecto Educativo y los tres pilares de la antropología cristiana:

  • La dignidad de la persona
  • la sociabilidad
  • la acción del hombre en el mundo en la perspectiva de un humanismo integral y solidario.

Respeta los roles y atribuciones de los actores educativos de la comunidad, acoge las necesidades y percepciones de los actores de la convivencia escolar y favorece su participación y protagonismo para construir una comunidad educativa en la que se vivan los valores de: trabajo, alegría, sencillez, solidaridad y amor aportando así a la humanización y evangelización de la cultura. La actitud de respeto, aceptación y adhesión a estas normas es indispensable para aprender a convivir. Por ello el CCM plantea estas normas que definen los comportamientos adecuados para una sana convivencia.

TITULO PRIMERO LOS ALUMNOS(AS)

“Deben enseñar con el buen ejemplo y tratar a todos con justa igualdad” P.Joaquín M.

PARRAFO I DEL INGRESO DE LOS ALUMNOS(AS)

ARTICULO 1°

El ingreso de un alumno(a) al Establecimiento requerirá, además de los requisitos legales que fije el Ministerio de Educación, de la aprobación de un examen de admisión y una entrevista con los padres y postulantes.

ARTICULO 2°

La matrícula es el acto por el cual el Colegio exige firmar un contrato de prestación de servicios educacionales con el apoderado del o los alumnos(as) que ingresan al colegio; su duración es de un año escolar; renovable de acuerdo a las normas contenidas en sus cláusulas.

ARTICULO 3º

El alumno(a) del Colegio Corazón de María debe profesar la Fe Católica, en caso contrario deberá respetar y participar en todas las instancias de formación y celebración de la Fe.

PARRAFO II DE LA PRESENTACION PERSONAL

ARTICULO 4º

La sencillez, un rasgo que distingue a los alumnos(as) del colegio Corazón de María. Está reflejado en su comportamiento y presentación personal. Se exigirá el uso de uniforme completo, marcado con nombre, apellido y curso.

1. - NIÑAS DE KINDER A 5º BÁSICO

  • Falda con pechera uniforme CCM.
  • Polera CCM (manga corta o larga)
  • Pantalón poliéster azul marino en período de invierno
  • Blazer azul marino c/insignia CCM (optativo)
  • Chaleco o suéter CCM.
  • Polar con insignia CCM o parka azul marino.
  • Zapato negro, calcetas azules.
  • Delantal a cuadrillé azul.

2. - ALUMNAS DE 6º BÁSICO A 4º MEDIO

  • Falda uniforme CCM a la cintura
  • Polera CCM. (manga corta o larga)
  • Blazer azul marino con insignia CCM ( optativo )
  • Chaleco o suéter CCM.
  • Polar con insignia CCM o parka azul marino.
  • Zapato negro, calcetas azules.
  • Pantalón poliéster azul marino en período de invierno. ( a la cintura )

3. – ALUMNOS DE KINDER A 4º MEDIO

  • Pantalón gris ( poliéster ),a la cintura
  • Polera CCM (manga corta o larga).
  • Vestón azul marino con insignia CCM, camisa blanca y corbata CCM (se exigirá para los actos oficiales)
  • Zapato negro, calcetín azul o gris.
  • Polar con insignia CCM o parka azul marino.
  • Suéter CCM.
  • Cotona azul rey de Kinder a 5º Básico.

4. - ACCESORIOS

  • Bufanda, azul marino o blanca
  • Guantes, azul marino
  • Gorro, azul marino.

5. - UNIFORME EDUCACIÓN FÍSICA

  • Buzo CCM (pantalón a la cintura )
  • Polera azul marino CCM, cuello polo
  • Zapatilla deportiva (excepto de skate), blanca o en tonos azul y gris
  • Calceta blanca
  • De Kinder a 4º Básico, short azul marino CCM.

* No se acepta ningún otro distintivo o accesorios ajenos al uniforme.

ARTICULO 5º

La presentación personal correcta incluye: peinado sencillo, ausencia de maquillaje facial, de tintura de cabello (colores no usuales), de esmalte de uñas y cualquier tipo de joyas y/o adornos: aretes, pearcing, tatuajes, mutilaciones. Se permitirá el uso de un par de aros pequeños en las niñas, sólo en las orejas.

ARTICULO 6º

El largo del cabello en los varones no debe sobrepasar el cuello de la camisa o polera. Debe presentarse limpio, sin tinturas, tatuajes, aretes o pearcing.

ARTICULO 7º

La confección del polerón de 4º Año Medio es una opción y no una obligación establecida por el Colegio. El diseño debe atenerse a los siguientes indicadores:

  • colores propios del uniforme ( tonalidades azul o gris )
  • no deben contener símbolos que atenten contra la moral y espiritualidad CCM

PARRAFO III DE LA ASISTENCIA, ATRASOS, PERMISOS, PUNTUALIDAD

ARTICULO 8º:

  • La asistencia mínima para ser promovido(a) es de un 85%. Está regulado por las Normas de Evaluación y Promoción Escolar vigentes.
  • La puntualidad es un requisito esencial para el buen desarrollo de las clases y actividades programadas.
  • El alumno(a) debe llegar cinco minutos antes del timbre de entrada, quien llegase después del toque del timbre debe dirigirse a inspectoría hasta que se le autorice su ingreso a clases.

ARTICULO 9º:

El Colegio aspira a desarrollar en los alumnos /as el hábito de la puntualidad, la responsabilidad y la corresponsabilidad, los atrasos serán registrados en Inspectoría y en la agenda escolar.

Atrasos:

Al inicio de la jornada escolar

El alumno(a) que cumpla tres atrasos, deberá presentarse al día siguiente a Inspectoría con su apoderado. Si la falta fuera reiterativa deberá permanecer en el establecimiento después del horario escolar, en el día señalado por la Inspectoría y asignándole trabajo escolar. Así mismo el alumno(a) que llegue al colegio con más de una hora de atraso, debe venir acompañado de su Apoderado,salvo aviso y autorización previa.

Atrasos entre las horas de clases

Iniciada la clase, el alumno no puede ingresar sin autorización escrita de Inspectoría.

En el caso de prueba fijada

Se analizará la situación y calendarizará de nuevo la prueba si fuese necesario.

ARTICULO 10º

Las inasistencias deben ser justificadas:

  • Personalmente por el apoderado en Inspectoría.
  • Por envío de certificado médico a Inspectoría o Profesor Jefe.
  • Por comunicación del apoderado en la agenda escolar, dirigida al profesor jefe y/o a Inspectoría.

ARTICULO 11º

El alumno(a) podrá retirarse del Colegio, antes del término de la jornada, sólo si el Apoderado se presenta a retirarlo(a).

PARRAFO IV DEL ASEO, CUIDADO, MANTENCIÓN Y PERDIDA DE MATERIALES

ARTICULO 12º

Cada alumno(a), como integrante del grupo curso, debe hacerse responsable del mantenimiento del aseo y orden de la sala de clase.

ARTICULO 13º

Si un alumno(a) causa algún daño material a las dependencias del Establecimiento debe responsabilizarse de él, y su Apoderado quedará obligado a su reparación o reposición, debiendo el Colegio dar aviso al Apoderado.

ARTICULO 14º

  • 1.-No debe traer objetos de valor ajenos a la tarea educativa (dinero, joyas ,reproductores de audio-video, discman ,cartas , juegos, entre otros).
  • 2.- Durante la hora de clases, no debe hacer uso del celular, en caso de hacerlo éste podrá ser retenido por el profesor, entregado a Inspectoría General y deberá ser retirado personalmente por el Apoderado.
  • 3.- El Colegio y el curso no se harán responsables por la pérdida , daño ,hurtos o robos de útiles personales u objetos de valor que se produzcan dentro de la sala de clases o en dependencias del establecimiento .En el caso de que el valor supere 2 UTM el Colegio realizará la denuncia respectiva ante la Fiscalía correspondiente
  • 4.- Se sancionará de acuerdo a lo señalado en los artículos correspondientes de este Manual, a quien/es incurra/n en el no cumplimiento de éste.

PÁRRAFO VI DE LOS DERECHOS Y DEBERES

ARTICULO 15º

Son derechos de los alumnos(as), según nuestro Establecimiento Educativo, los que a continuación se explicitan:

  • Recibir una educación de calidad, orientada a su pleno desarrollo como persona y de acuerdo a los postulados del PEI.(Proyecto Educativo Institucional).
  • Ser respetado como persona.
  • A un trato digno, deferente y equitativo (acceso a todos los beneficios y oportunidades que el Colegio ofrece.).
  • Derecho a ser informado respecto a sus responsabilidades y obligaciones.
  • Tener asistencia médica en accidentes escolares, a través del SEGURO ESCOLAR contemplado en el artículo 3º de la Ley Nº 16.744.
  • Derecho a la reserva de aquella información relativa a sus situaciones personales y familiares.
  • Postular a todo sistema de becas instituidas, si reúne los requisitos para ello.
  • Derecho a expresar sus inquietudes y problemas a quien corresponda, y recibir una orientación adecuada y oportuna.
  • Recibir en forma oportuna la información acerca de los procesos evaluativos.
  • Derecho a participar e integrar el Centro de Alumnos.
  • Derecho a participar en las actividades pastorales, deportivas, artísticas y culturales.

ARTÍCULO 16º

Se consideran deberes de los alumnos(as):

  • Conocer, respetar y valorar el Proyecto Educativo Institucional.
  • Respetar y cumplir las normas de convivencia escolar establecidas en este manual.
  • Acoger y vivenciar los valores que deben distinguir a un alumno CCM: trabajo sencillez, alegría, solidaridad, compromiso con la verdad.
  • Respetar a todos los integrantes de la comunidad educativa, sin excepción.
  • Respetar el uso que se asigna a cada espacio o dependencia (comedores, gimnasio, salas, biblioteca, enfermería, laboratorios, capilla, canchas, baños, oficinas).
  • Demostrar interés por el trabajo escolar y esforzarse por lograr niveles de rendimiento de acuerdo a sus capacidades.
  • Rendir las pruebas calendarizadas y entregar los trabajos en la fecha fijada.
  • Participar en actividades propias de pastoral, actos religiosos, cívicos, culturales, deportivos y artísticos que organice el Colegio.
  • Representar al Colegio en actividades religiosas, culturales, artísticas, deportivas, sociales y científicas, cuando éste lo solicite.
  • Asumir con responsabilidad su participación en actividades extraprogramáticas.
  • Asistir al Colegio con el uniforme establecido y utilizar el uniforme de gimnasia sólo los días de educación física y los talleres programáticos de deporte.
  • Presentarse al Colegio sin los efectos de ningún tipo de narcótico, alcohol o estupefaciente.
  • Tener su agenda escolar CCM y llevarla consigo diariamente
  • Mientras vista su uniforme debe respetar su identidad de alumno CCM, manteniendo en todo momento una actitud disciplinada

PARRAFO VII DE LAS SALIDAS A TERRENO

ARTICULO 17º

Toda salida a terreno forma parte de la actividad curricular por lo tanto la asistencia a ellas es obligatoria.

ARTICULO 18º

Los alumnos/as deben participar en las salidas a terreno de acuerdo a las siguientes normas:

  • Presentar autorización escrita del apoderado.
  • Presentación personal según la ocasión: buzo o uniforme CCM.
  • Cumplir los horarios establecidos.
  • Cumplir con los hábitos de buena convivencia, conducta e higiene.
  • Cumplir con todas las actividades propuestas para la salida.

PARRAFO VIII DE LAS FALTAS Y SANCIONES

“Muéstrense prudentes en el mandar y firmes en hacer cumplir lo debidamente mandado” P. Joaquín M.

El proceso de aplicación de las sanciones debe tomar como base el acompañamiento del alumno(a) en el proceso de la formación de una conciencia libre y recta, capaz de asumir con responsabilidad, junto a otros, su crecimiento personal y optar siempre por el bien.

En la práctica, esto se realiza a través de: diálogo (espacios de reflexión), amonestación verbal, amonestación escrita, información al apoderado y sanción si se requiere.

ARTICULO 19º

Las faltas se clasificarán en Leves, Graves y Muy Graves, y cada una de ellas tendrá una sanción que corresponderá a la indicada por el presente Manual.

ARTICULO 20º

Las faltas al Reglamento no agotan las posibilidades de las sanciones, que deberán ser ordenadas y sancionadas por el Inspector previa conversación con la alumna que generó la falta o por el Profesor(a) o la autoridad correspondiente.

Las faltas serán sancionadas con amonestaciones verbales, escritas, citaciones al Apoderado, suspensión de clases, condicionalidad y término del contrato de servicio educacional.

ARTÍCULO 21º

El crecimiento personal supone el reconocimiento de los errores y voluntad de cambio de actitudes.

En el discernimiento de las responsabilidades se tendrá en cuenta la edad del alumno/a, sus circunstancias personales, familiares y sociales.

ARTICULO 22º

Serán consideradas como FALTAS LEVES:

  • Uso de un vocabulario soez.
  • Presentación personal incorrecta y no uso de su uniforme respectivo explicitado en el párrafo II, artículo 4º.
  • Presentarse sin los materiales y útiles solicitados.
  • No presentar los trabajos en la fecha dada.
  • Ingerir alimentos durante la clase o masticar chicle.
  • No acatar las instrucciones del profesor.
  • Entorpecer el desarrollo de las clases.
  • Llegar atrasado a la clase al inicio de la jornada, en los cambios de hora o después de los recreos.
  • Faltar al colegio sin causa justificada.
  • No presentar justificativo.
  • Ensuciar las salas de clase y los diferentes espacios comunitarios del colegio.
  • Usar indebidamente (no acorde para lo que fueron asignados) las dependencias o espacios del colegio.
  • Uso de celular durante el desarrollo de la clase, reproductores de audio-video, juegos.

Dentro de las sanciones establecidas para las faltas leves, el Profesor, Profesor Jefe o Inspector, deberá aplicar las siguientes acciones:

  • Conversar con el alumno(a) e invitarlo a reflexionar y a asumir un compromiso de cambio, dejando constancia en el libro de clases.
  • Revisar periódicamente el cumplimiento del compromiso adquirido.
  • Dejar constancia escrita de su superación o no cumplimiento
  • En caso necesario llamar al Apoderado.

ARTÍCULO 23°

Se considerarán FALTAS GRAVES:

  • La reiteración de las faltas leves.
  • Hacer mal uso de la Agenda Escolar.
  • Permanecer fuera de la sala en horas de clase.
  • Falta de respeto a la persona dentro y fuera de la sala de clases.
  • Ausencia injustificada a evaluaciones.
  • No rendir una prueba estando en el establecimiento.
  • Hacer comercio en el establecimiento, campañas no autorizadas, o juegos de azar con apuestas.
  • Descontextualizar expresiones afectivas de pololeo al interior del establecimiento educativo.
  • Portar instrumentos corto punzante, armas blancas, cadenas, hondas.
  • Ejercer cualquier proselitismo al interior del colegio o cualquier actividad política partidista.
  • Mal comportamiento en salidas a terreno.
  • No cumplir con las normas señaladas en el manual de biblioteca.

SANCIONES de las FALTAS GRAVES:

Las sanciones a estas conductas, serán aplicadas por el profesor jefe y/o Inspector. De acuerdo a su acción o reiteración, serán:

  • Amonestación verbal y escrita en el libro de clases
  • Citación del apoderado
  • Suspensión
  • Condicionalidad
  • Cancelación de matrícula

La Dirección del Colegio tomará en forma inmediata las medidas que estime conveniente cuando el caso lo amerite o requiera.

ARTICULO 24°

Serán consideradas FALTAS MUY GRAVES:

  • La reiteración de faltas graves.
  • Dañar el mobiliario, dependencias e infraestructura del colegio.
  • Adulterar, dañar o ridiculizar los símbolos católicos e institucionales.
  • Alterar o sustraer el libro de clases e instrumentos de evaluación.
  • Actos de acoso, matonaje (bulling) violencia en todas sus manifestaciones que atentan contra la integridad de las personas de la comunidad educativa., ya sea en daño directo o a través de medios electrónicos, digitales y cibernéticos.
  • No respetar la cultura de nuestro país, sus símbolos patrios y los actos culturales.
  • Abandonar el establecimiento sin autorización de las autoridades educativas durante la jornada escolar.
  • Ingresar, consumir o traficar tabaco, drogas y/o alcohol.
  • Comportamientos groseros contra algún miembro de la comunidad educativa y desacatos a la autoridad.
  • Comportamientos irrespetuosos o agresivos, individuales o grupales, en actos religiosos.
  • Cometer hurto y/o falta de honradez.
  • Porte y/o uso de armas y explosivos.
  • Falsificar la firma del apoderado o de cualquier autoridad del colegio.
  • Participar directa o indirectamente en la ocupación ilegal (toma) del colegio.

SANCIONES de las FALTAS MUY GRAVES:

La sanción a estas conductas serán aplicadas por Inspectoría y/o Conseo de Coordinación. Va desde la suspensión hasta la cancelación de matrícula y los pasos a seguir son:

  • Diálogo con el alumno y registro en el libro de clases
  • Citación al apoderado
  • Suspensión de clases
  • La reiteración o la gravedad de la falta ocasionará que el caso pase a la dirección, pudiendo no renovársele la matrícula al término del año escolar.
  • - Según el artículo 165 del Código Procesal Penal, los directores de los establecimientos educacionales están obligados a denunciar los hechos que revisten carácter de delito.

TITULO II DE LOS PADRES Y APODERADOS

“Familia y Colegio educamos la inteligencia, el corazón y la conciencia de los jóvenes para que sean baluarte de la familia y la sociedad”

ARTICULO 25º:

Todo alumno(a) debe tener un Apoderado pudiendo desempeñar tal cargo su padre, madre o ambos indistintamente.

ARTICULO 26º:

El Apoderado representa al alumno(a) ante la Dirección del Colegio, es responsable y supervisor del comportamiento y rendimiento escolar de su pupilo(a) de acuerdo al Proyecto Educativo del Colegio y Manual de Convivencia a los que debe adherir en todos sus aspectos.

ARTICULO 27º

La Dirección del Colegio podrá exigir cambio de apoderado cuando dicha persona no ejerza su función de manera responsable.

ARTICULO 28º:

Los Padres y Apoderados de este Colegio Católico deben asumir responsablemente su rol en la formación cristiana e integral de sus hijos(as) y/o pupilos(as) mediante un coherente testimonio de vida ya que ellos son los primeros formadores de sus hijos(as).

PARRAFO I DE LOS DERECHOS

ARTICULO 29º:

  • Los padres y apoderados poseen los siguientes derechos en la Comunidad Educativa.
  • Conocer el Proyecto Educativo y Manual de Convivencia.
  • Integrar el Centro General de Padres y Apoderados previa elección en su respectivo curso.
  • Solicitar audiencia con la Dirección, Administrador, Unidad Técnico Pedagógica, Orientador, Profesor Jefe o Profesor de Asignatura, cuando el caso lo requiera.
  • Apelar por escrito (con la correspondiente sustentación) a la Dirección frente a cualquiera de las decisiones tomadas como medidas disciplinarias; y a recibir respuesta dentro de los dos días hábiles siguientes.
  • Organizar y participar en actividades culturales y recreativas que ayuden a la integración de la Comunidad CCM., acorde a la propuesta de la Dirección.
  • Recibir en forma periódica información acerca del rendimiento y la conducta de su pupilo(a).
  • Participar en el proceso educativo de su alumno(a), asistiendo a las reuniones de Apoderados y charlas de formación planificadas por el colegio.
  • Realizar Reuniones previas de Directiva de Curso en presencia del Profesor Jefe y con la debida autorización de la Dirección.
  • Solicitar retiros momentáneos de su pupilo por problemas familiares u otros importantes, previa autorización de Inspectoría General.
  • Participar en el Consejo Escolar de acuerdo a la normativa de MINEDUC.
  • Solicitar Beca Escolar según requisitos y normativa vigente.
  • Derecho a que se le respete la información confidencial.

PARRAFO II DE LOS DEBERES

ARTÍCULO 30º:

Los padres y apoderados junto a sus derechos también tienen deberes que cumplir.

  • Revisar diariamente la Agenda Escolar y firmar comunicaciones .Procurar que su hijo o hija acuda al colegio con los útiles o materiales solicitados
  • Conocer y acatar el P.E.I y el Manual de convivencia del Colegio Corazón de María.
  • Vigilar el proceso de desarrollo afectivo, cognitivo y motriz de su pupilo(a), interesándose para que éste cumpla sus deberes y ejerza sus derechos como alumno.
  • Justificar las inasistencias de su pupila/o según párrafo III, artículo 10º
  • Participar a las reuniones mensuales, firmar asistencia y acudir a las citaciones.
  • Justificar personalmente su inasistencia a reuniones, charlas, citaciones y encuentros al día siguiente de ocurridas.
  • Brindar un trato deferente y respetuoso a todo el personal del colegio.
  • Los Apoderados deben conocer sus responsabilidades y obligaciones estipuladas en el presente documento.
  • Cumplir con lo estipulado en el contrato de “Prestación de Servicios Educacionales” firmado en el momento de la matrícula.
  • Respetar y acatar las decisiones del Centro General de Padres y Apoderados y Directivas del curso correspondiente
  • Informar oportunamente cualquier situación personal o familiar que afecte directamente al alumno/a
  • En el caso que el alumno/a deba consumir o ingerir compuestos activos el apoderado debe presentar la orden médica que indique el tipo de medicamento y la posología al profesor jefe.
  • Responder a los requerimientos que el colegio le solicite en cuanto a que su hijo sea atendido por un especialista de la salud (psíquica y física).
  • Aceptar que no se le permitirá el acceso a las salas de clase ,patios ,gimnasio, talleres , laboratorios durante la jornada escolar.
  • Respetar las directrices propuestas por Inspectoría y Portería.

ARTICULO 31º

Ante el incumplimiento de los deberes se llamará al apoderado, se le invitará a reflexionar y cambiar su actitud; en el caso de no aceptación, de reiteración o atendiendo a la gravedad del caso se llevará a la Dirección pudiendo solicitarse el cambio de apoderado o la cancelación del contrato de matrícula si fuese necesario.

TITULO IV ALUMNAS EMBARAZADAS

ARTÍCULO 32º

Para las alumnas en situación de embarazo y maternidad durante el año escolar el Colegio se regirá por el inciso 3º del artículo 2º de la Ley 18.962 y por su respectivo reglamento.

ARTÍCULO 33º

La alumna tiene el deber de informar por medio de su apoderado su condición de embarazo al Colegio (Profesor o profesora jefe, Dirección) presentando certificado médico.

ARTICULO 34º

Las alumnas embarazadas estarán sometidas a las mismas exigencias académicas que el resto de sus compañeros, sin perjuicio de otorgar facilidades para cumplir con esta.

Las facilidades otorgadas serán evaluadas por el colegio en coherencia con el esfuerzo, responsabilidad y superación personal demostrada de acuerdo a los roles que les toca asumir como estudiante, madre, mujer e hija.

ARTÍCULO 35º

Durante la lactancia, las alumnas, tienen derecho a dar alimentación a su hijo o hija, deberá acordar con Inspectoría general los horarios para salir del establecimiento, para lo cual su apoderado deberá firmar la autorización por el período que dure la lactancia.

Si así lo quisiera podrá recibir a su hijo/a en el propio establecimiento para amamantarlo o alimentarlo, disponiendo para ello de la enfermería del Colegio y estableciendo acuerdos de horario entre el adulto responsable de trasladar el lactante a la alumna.

ARTICULO 36º

Las alumnas no podrán asistir a clases con su hijo/a, ya que el colegio no cuenta con las condiciones para atender a lactantes.

TITULO V PREMIOS

“Guárdense unos con otros todas las atenciones y delicadezas” P.Joaquín M.

ARTÍCULO 37º

El colegio destacará anualmente a las(los) alumnas/os que se hayan esforzado:

  • Por la mejor puntualidad y asistencia.
  • Por manifestar especial adhesión al Proyecto Educativo del Colegio, demostrándolo en la vivencia de los valores cordimarianos ,en su participación constante en todas las actividades pastorales y de Centro de Alumnos(as)
  • Por obtener un rendimiento destacado dentro de su curso. La Dirección y el Consejo de Profesores entregará los lugares por rendimiento y el cálculo considerará la aproximación.

ARTICULO 38º

Al finalizar su etapa escolar el Colegio destacará a las alumnas/os por:

  • Cursar los 13 años en el Colegio Corazón de María
  • Obtener el mejor puntaje de su promoción dentro de su curso. (Premio otorgado por el Centro General de Padres y Apoderados )
  • Destacarse por su compromiso cristiano y vivencia de los valores cordimarianos en Pastoral y/o Centro de Alumnos
  • PREMIO PADRE JOAQUÍN AL FINALIZAR LA EDUCACION MEDIA: 4º Medio
  • PREMIO CORAZON DE ORO AL FINALIZAR LA EDUCACION MEDIA 4º Medio
  • PREMIO MADRE TERESA GUVERN EN LA ENSEÑANZA BÁSICA: 8º Básico, si amerita

DE LAS DISPOSICIONES FINALES

ARTICULO 39º

El Establecimiento no autoriza la realización de las giras de estudio, si ellas se realizaran son de exclusiva responsabilidad de los Padres y Apoderados.

ARTÍCULO 40º

El presente Reglamento comenzará a regir a contar del año escolar 2008 y será revisado anualmente para sus respectivas modificaciones.

ARTÍCULO 41º

Sólo por dictamen judicial el Colegio puede negar visita o retiro de un alumno/a por parte de sus padres

“Háblenlo entre ustedes para el mejor acierto” P.Joaquín Masmitjá

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